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Zaragoza regulará las “Dark Kitchens” y así es cómo se evitarán los problemas y molestias a los ciudadanos

Ante el crecimiento exponencial de estos locales, la normativa zaragozana se adaptará para evitar problemas con ruidos, humos, olores, movilidad, acceso o conflicto con el comercio tradicional de proximidad

El Área de Urbanismo regulará la normativa referente a la actividad de los locales de planta baja que son destinados a la preparación y distribución de comida, unas cocinas industriales no abiertas al público y enfocadas en la producción para el envío a domicilio, conocidas como «dark kitchen» o cocinas fantasmas.

¿Qué es una «Dark kitchen»? El concepto dark kitchen (cocina en la oscuridad) ya existía, pero brotó especialmente a raíz de la pandemia, cuando bares y restaurantes se vieron obligados a cerrar sus puertas… Algunos propietarios se dieron cuenta de que podían seguir utilizando sus cocinas para satisfacer los deseos de los clientes, bien enviándoselo a domicilio u ofertándolo para pasar a recoger.

De este modo, con la propuesta de modificación aislada número 193 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), el equipo de Gobierno quiere adelantarse al problema y «dejar las reglas del juego marcadasprotegiendo a nuestros vecinos pero a la vez garantizando la actividad económica y los nuevos modelos de distribución y consumo hacia los que se encaminan las ciudades en un futuro», ha señalado  el consejero de Urbanismo y Equipamientos, Víctor Serrano.

El objetivo es la regularización de esos establecimientos de elaboración de comida no abiertos a la atención al público y centrados en la preparación para su posterior distribución a domicilio (‘dark kitchen’). Del mismo modo afecta, en distinta medida, a aquellos almacenes de reparto ultra rápido provistos de productos para suministrar tanto a domicilio como a otros negocios (‘dark stores’).

Los problemas que provocan estas actividades, como resume la modificación del PGOU elaborada por técnicos municipales, son «fundamentalmente de cuatro tipos«: la gran cantidad de vehículos ligeros de reparto que acuden a estos negocios; los humos, olores, ruidos y riesgos de incendio de las cocinas fantasma instaladas en locales de planta baja y con actividad desproporcionada; el peligro de la expansión y primacía de estos locales en las plantas bajas reduciendo la vida social y comercial de los barrios; y el posible conflicto con los modos comerciales tradicionales de proximidad y cercanía.

¿CÓMO SOLUCIONARLO?

La propuesta plantea que las cocinas fantasma podrán situarse en zonas urbanas con uso dominante residencial cuando se integren en local de planta baja, rigiendo las condiciones de la normativa sectorial, sin sobrepasar los 100 m², con acceso directo desde una calle que no sea peatonal y con anchura mínima de 12 metros, sin poder situarse dos en la misma calle en distancia inferior a 100 metros, e incluyendo zonas de espera para repartidores que estén separadas de las áreas de manipulación de alimentos.

Por su parte, los almacenes o tiendas fantasma podrán estar en zona residencial siempre y cuando estén en locales de planta baja, con una superficie máxima de 300 m², y cuyas zonas de vehículos de repartos no ocupen ni más de 10 m² ni más del 10% de la superficie construida del local.

Los establecimientos ya instalados en la ciudad tendrán un plazo de un año desde la entrada en vigor de esta modificación, cuando su aprobación sea definitiva, y se exigirá la adaptación si efectúan obras de reforma o ampliación del local.

Imagen principal: CC0 Dominio publico

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