¿Tienes que presentar la declaración de la renta y tienes algunas dudas? Repasamos las preguntas que deberías hacerte y sus respuestas
¿Tienes que presentar la declaración de la renta y no sabes cómo hacerlo? Como es posible que te surjan ciertas dudas acerca de este tema, te damos algunas recomendaciones, especialmente si eres joven y te enfrentas a este trámite por primera vez.
Desde cómo obtener el borrador a cuáles son las fechas clave que no se te pueden pasar, pasando por si tienes que declarar una beca o qué tener en cuenta si eres pareja de hecho, repasamos de la mano de Ibercaja una serie de preguntas clave si vas a hacer la declaración de la renta.
Novedades
Algunas de las novedades en la declaración de la renta son:
- Si te sale a pagar, además de en efectivo, con cargo en cuenta o por domiciliación, ahora existe la posibilidad de hacer el pago mediante tarjeta, en condiciones de comercio electrónico seguro, o mediante Bizum.
- Aumento del límite exento: el nuevo límite exento para tributar aumenta hasta los 15.876 euros (en caso de haber tenido varios pagadores y que el segundo y posteriores pagadores superasen los 1.500 euros).
- Como novedad en este 2024 estaba previsto que todos los beneficiarios de las prestaciones por desempleo, con independencia del importe percibido, se sumaran a la obligación de presentar la declaración de la renta, pero finalmente no será hasta la renta de 2025, es decir, la que se presenta en 2026. Por tanto, si cobraste el paro en 2024 y no llegas al mínimo obligatorio ni recibes otras ayudas que debas declarar, no estás obligado a presentar la renta este año.
Posibles deducciones
Además, dependiendo de la zona de España en la que tributes, existen algunas deducciones autonómicas que pueden marcar la diferencia en tu declaración de la renta.
En Aragón, si tienes menos de 36 años, cuentas con deducciones por compra o rehabilitación de vivienda habitual en poblaciones de menos de 3.000 habitantes, entre otros requisitos. Suponen un 5% con carácter general y un 7,5% si la localidad está en riesgo alto de despoblación.
Además, a nivel nacional, puedes disfrutar de la deducción por alquiler si tu base imponible (BI) o suma de las casillas 435 y 460 es inferior a 24.107,20 euros anuales, firmaste tu contrato antes del 1 de enero de 2015 y cumples todos los requisitos. En concreto, la deducción es el 10,05% del alquiler satisfecho en 2024. Recuerda que, si cumples los requisitos y compartes piso, podrás aplicar la deducción sobre la parte del alquiler que hayas satisfecho tú con los límites anteriores.
Otras dudas
Probablemente también te surgirán otras dudas si…
- Tienes el Bono de Alquiler Joven de 250 euros al mes: si la recibiste durante más de 4 meses en 2024, tienes obligación de declarar.
- Disfrutas del Bono Cultural Joven: si solo recibes esta subvención, no estás obligado a presentar declaración si estás dentro del límite exento. Revisa todos los requisitos.
- Has recibido una beca de estudios: con carácter general, las becas están exentas por un importe de 6.000 euros anuales para estudios hasta el segundo ciclo universitario, 21.000 euros anuales para tercer ciclo y 24.600 euros anuales cuando se trate de estudios en el extranjero.
- Eres pareja de hecho: al no considerarse misma unidad familiar, no podréis presentar declaración conjunta y deberéis revisar vuestra situación de forma individual.
Artículo en colaboración con Ibercaja